Corte Suprema avala cierre de cuentas a operadoras de criptomonedas en BancoEstado
- En su fundamento, el máximo tribunal de justicia del país indicó que este tipo de monedas no cuentan con respaldo de algún gobierno en particular o de alguna compañía, ni tampoco con una marco regulatorio.
Santiago, Chile. 4 diciembre, 2018. Los operadores de criptomonedas sufrieron un duro golpe en la justicia. Esto porque la Tercera Sala de la Corte Suprema autorizó a los bancos a cerrar las cuentas de estas empresas, mientras no exista “un reconocimiento regulatorio de la actividad”.
Ello en el marco de la disputa que tenían en tribunales BancoEstado con Orionx.
“Los Bancos están autorizados a poner término a los contratos de cuentas corrientes de empresas relacionadas con el negocio de la criptomonedas”, se lee en el fallo.
“Se revoca la sentencia apelada de once de julio de dos mil dieciocho y en su lugar se declara que se rechaza el recurso de protección deducido por Orionx SPA contra el Banco del Estado de Chile”, sostiene el acuerdo alcanzado ayer por la Sala del máximo tribunal del país, con el voto en contra de Angela Vivanco, una de sus ministras.
“De lo señalado precedentemente queda de manifiesto que la recurrida, al disponer el cierre de la cuenta bancaria, no incurrió en un acto arbitrario e ilegal que hubiese provocado a Orionx SPA privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de alguna de las garantías constitucionales cauteladas por el artículo 20 de la Constitución Política de la República”, indicó.
La decisión busca dar cumplimiento a la normativa legal que busca evitar que los bancos y sus servicios sean utilizados con la finalidad de “llevar a cabo operaciones de lavado de activos o financiamiento del terrorismo, entre otras posibles actividades riesgosas”.
Cabe recordar que el pasado 29 de marzo, Orionx presentó un recurso de protección contra Banco Estado debido a que la entidad le comunicó a la plataforma el cierre de su cuenta vista.
El fallo sostiene que, precisamente por las características y elementos que determinan las actividades de las criptomonedas, le es imposible al banco cumplir “las obligaciones ya referidas, pues obstan a que pueda conocer a fondo las actividades financieras relativas a criptomonedas que desarrolla la recurrente, las características más relevantes de sus operaciones, los fundamentos en que éstas se apoyan y, por último, si sus montos son desmedidos o no”.
El fallo detalla que el negocio de Orionx comprende la compra y venta de Ethereum, Ripple, Litecoin y Bitcoin, todas consistentes – según se señala en el propio recurso- en programas computacionales, “específicamente algoritmos que, como tales, carecen de manifestaciones físicas y no tienen valor intrínseco como tampoco– generalmente- uno que cuente con respaldo de algún gobierno en particular o de alguna compañía, siendo definidas y controladas por un grupo descentralizado de usuarios que utilizan el protocolo de Bitcoin en Internet, a lo que se suma que actualmente las actividades financieras que se realizan con ellas efectivamente carecen de marco regulatorio”.
Orionx tras conocer el falló informó a clientes que “lamenta el fallo adverso de la Corte Suprema publicado el día de hoy, y no comparte los argumentos en los cuales esta entidad se basa para tomar la decisión de rechazar el recurso de protección”.
La operadora de criptomonedas aclaró que este fallo no implica el cierre de cuentas corrientes bancarias de la empresa. Esto porque existe medida precautoria vigente decretada por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, la que impide a los bancos cerrar la referidas cuentas”.
La caída reciente en el precio de las criptomonedas
En medio de esta decisión de la Corte Suprema, las criptomonedas viven su peor racha del año. Así, si hace 11 meses el bitcoin se cotizaba en US$ 20.000 la unidad -su máximo histórico-, hoy lo hace bordeando los US$ 4.000.